Inspección de eficiencia energética del RITE: qué equipos y cada cuánto
El RITE obliga a inspeccionar generadores de calor de 20 kW o más y de frío de más de 12 kW. Resumen de umbrales, plazos, quién inspecciona y calificaciones.

Respuesta rápida
El RITE obliga a inspeccionar periódicamente la eficiencia energética de los generadores de calor de 20 kW o más y de los generadores de frío de más de 12 kW de potencia térmica nominal instalada[1]. En calor, los generadores puestos en servicio después de la entrada en vigor del reglamento se inspeccionan cada 5 años (cada 4 o cada 2 si superan 70 kW, según el combustible)[1]. El calendario efectivo y quién inspecciona lo decide el órgano competente de cada comunidad autónoma[1].
Qué es esta inspección y en qué se diferencia del mantenimiento
La inspección de eficiencia energética es una comprobación periódica, hecha por un agente autorizado, de que la instalación sigue cumpliendo la exigencia de eficiencia del RITE. El artículo 31 dice que las instalaciones térmicas, y en particular sus generadores de calor y frío, «se inspeccionarán periódicamente a lo largo de su vida útil»[1]. No la hace la empresa que te da el servicio de mantenimiento a diario: es un control aparte, con su acta y su calificación.
La guía técnica que IDAE encargó a ATECYR explica el motivo con una idea sencilla: toda instalación de transformación de energía sobre la que no se hagan las operaciones de mantenimiento pierde rendimiento, y con ello aumentan su consumo y sus emisiones[2]. Por eso la inspección no se limita a medir: también revisa que el mantenimiento se haya hecho.
Si buscas los plazos de las revisiones de la caldera o del split, mira cada cuánto revisar caldera y aire acondicionado según el RITE. Aquí se trata solo de la inspección, que va por otra vía.
A qué equipos afecta: umbrales de potencia
El criterio es la potencia térmica nominal instalada, no el tamaño del edificio. La IT 4.2 fija tres supuestos distintos[1]:
| Qué se inspecciona | Condición según el RITE | Apartado |
|---|---|---|
| Generador de calor | Potencia térmica nominal instalada igual o mayor que 20 kW | IT 4.2.1 |
| Generador de frío | Potencia térmica nominal instalada mayor que 12 kW | IT 4.2.2 |
| Instalación térmica completa | Más de 15 años desde el primer certificado de la instalación y más de 20 kW en calor o más de 12 kW en frío | IT 4.2.3 |
La guía de ATECYR recoge estos mismos tres supuestos al presentar el procedimiento[2]. Conviene leer con calma el tercero: la inspección completa va más allá del generador y revisa todo el sistema relacionado con la exigencia de eficiencia energética de la IT 1[1].
Cuando hay varios generadores
El RITE suma potencias en otros apartados (por ejemplo, para decidir si hace falta proyecto o memoria técnica), pero en las inspecciones el texto habla de «generadores» concretos. Si tu edificio tiene varias calderas o varias máquinas de frío, pregunta a tu empresa mantenedora o al órgano de tu comunidad cómo se cuentan en vuestro calendario, porque el texto del reglamento no lo desarrolla en esta instrucción[1].
Qué comprueba el inspector
La IT 4.2.1 y la 4.2.2 indican tres bloques para el generador[1]:
- Rendimiento: análisis y evaluación del rendimiento. En los generadores de calor, el reglamento añade que en las sucesivas inspecciones o medidas «el rendimiento tendrá un valor no inferior a 2 unidades con respecto al determinado en la puesta en servicio»[1].
- Registro de mantenimiento: se inspecciona el registro oficial de las operaciones de mantenimiento de la IT 3 para verificar que se hacen con la periodicidad debida, y que el «Manual de Uso y Mantenimiento» se cumple y se adecua a la instalación[1].
- Energía solar térmica, si existe: se evalúa la contribución solar mínima en agua caliente sanitaria y calefacción (en frío, la contribución al sistema de refrigeración solar)[1].
En la inspección completa de la IT 4.2.3 se añade un dictamen: un documento que asesora al titular con mejoras o modificaciones para ganar eficiencia y estudiar la incorporación de energía solar, justificadas por su rentabilidad energética, medioambiental y económica[1].
Trabajo de un profesional
La medición del rendimiento de un generador, con analizador de gases y toma de datos en el equipo, es trabajo del agente autorizado para inspecciones (organismo o entidad de control, o técnico independiente acreditado por la comunidad). Ni el titular ni el usuario deben abrir el equipo ni manipular la combustión para «preparar» la medida.
Cada cuánto: periodicidad de las inspecciones
La IT 4.3 distingue calor y frío[1].
Generadores de calor puestos en servicio después de la entrada en vigor del RITE y de 20 kW o más (Tabla 4.3.1):
| Potencia térmica nominal | Combustible | Periodo |
|---|---|---|
| De 20 kW hasta 70 kW | Gases y combustibles renovables | Cada 5 años |
| De 20 kW hasta 70 kW | Otros combustibles | Cada 5 años |
| Más de 70 kW | Gases y combustibles renovables | Cada 4 años |
| Más de 70 kW | Otros combustibles | Cada 2 años |
Los generadores de instalaciones anteriores a la entrada en vigor del RITE superan su primera inspección según el calendario que fije la comunidad autónoma, en función de potencia, combustible y antigüedad[1].
Generadores de frío de más de 12 kW: el RITE no fija aquí años concretos; remite al calendario del órgano competente de la comunidad, según la antigüedad y según la potencia sea mayor que 70 kW o igual o inferior[1].
Instalación completa: se hace coincidir con la primera inspección del generador una vez superados los quince años, y se repite cada quince años[1].
Quién la organiza y quién la hace
Corresponde a la comunidad autónoma: el artículo 31 le atribuye fijar el calendario, coordinarlo con otras inspecciones que exijan otros reglamentos y establecer los requisitos de los agentes autorizados. Estos pueden ser, entre otros, organismos o entidades de control autorizadas o técnicos independientes cualificados y acreditados, y los elige libremente el titular entre los autorizados[1]. Además, la comunidad puede decidir hacer las inspecciones mediante campañas específicas en su territorio[1].
La guía de ATECYR de 2007 describe que el resultado se plasma en un acta emitida por la empresa o agente acreditado, con al menos tres ejemplares: uno para el titular, otro para el organismo territorial de la comunidad y otro para el propio agente[2]. Es una guía anterior a las modificaciones posteriores del reglamento y cada comunidad puede tener su propio modelo, así que sirve para hacerse una idea, no como procedimiento vigente en tu territorio.
Qué calificaciones puede recibir la instalación
Los artículos 32 y 33 del RITE clasifican los defectos y fijan plazos de corrección[1]:
| Calificación | Cuándo se da | Qué ocurre en una instalación en servicio |
|---|---|---|
| Aceptable | No hay defectos graves ni muy graves | Los defectos leves se anotan y deben subsanarse acreditándolo antes de tres meses |
| Condicionada | Al menos un defecto grave, o un defecto leve ya detectado antes y no corregido | Se fija un plazo y la subsanación debe acreditarse antes de 15 días; si no, se remite el certificado a la comunidad, que puede suspender el suministro de energía |
| Negativa | Al menos un defecto muy grave | Se remite el certificado de inmediato a la comunidad, que debe disponer la suspensión del suministro hasta obtener la calificación de aceptable |
Un defecto muy grave es el que supone un peligro inmediato para personas, bienes o medio ambiente; uno grave no es un peligro inmediato pero puede reducir de modo sustancial la capacidad de uso o la eficiencia, o resulta de acumular defectos leves[1].
Qué puede hacer el titular para llegar bien preparado
La inspección revisa papeles además de equipos, así que lo útil está al alcance del titular:
- Localiza el registro de operaciones de mantenimiento y el certificado de mantenimiento que debe entregarte la empresa mantenedora; el reglamento prevé que se inspeccionen[1].
- Ten a mano el Manual de Uso y Mantenimiento de la instalación y el certificado de la instalación. El checklist de entrega de una instalación detalla qué documentos deberías tener desde el primer día.
- Anota potencia, combustible y fecha de puesta en servicio que figuran en la placa y en el certificado: de ellos depende qué fila de la tabla te toca.
- No confundas esta inspección con la revisión de la instalación de gas cada cinco años, que responde a otra reglamentación.
Con el modelo de la caldera y su potencia, Instalio puede ayudarte a ordenar qué papeles buscar y a localizar en el texto del BOE el apartado que corresponde.
Preguntas frecuentes
¿Mi caldera de vivienda de 24 kW tiene que pasar esta inspección?
El umbral del texto es 20 kW de potencia térmica nominal instalada en calor, y 24 kW lo supera sobre el papel[1]. Aun así, quién inspecciona y cuándo lo concreta el calendario de tu comunidad autónoma, así que lo prudente es preguntar a tu empresa mantenedora o al órgano competente de tu comunidad cómo se aplica a tu caso[1].
¿Puedo elegir quién hace la inspección?
Sí, dentro de los agentes que tu comunidad haya autorizado: el artículo 31.3 dice que los elige libremente el titular de la instalación entre los autorizados[1].
¿Qué pasa si sale «condicionada»?
En una instalación en servicio se fija un plazo de corrección, y la subsanación debe acreditarse antes de 15 días; si no se acredita, el organismo remite el certificado a la comunidad, que podrá disponer la suspensión del suministro de energía hasta que la calificación sea aceptable[1].
¿Sustituye el mantenimiento anual a la inspección?
No. El mantenimiento lo hace la empresa mantenedora autorizada; la inspección la hace un agente acreditado por la comunidad y, entre otras cosas, comprueba que el mantenimiento se ha realizado[1].
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Fuentes
Documentos consultados el 30 de octubre de 2026. Cada número del texto lleva a su fuente; los enlaces abren el documento original.
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1Normativaboe.es
Consultado el 30 de octubre de 2026 · Volver al texto
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2Guía técnicaidae.es
Consultado el 30 de octubre de 2026 · Volver al texto


